Infracciones frecuentes relacionadas con las declaraciones juradas
La presentación de las declaraciones juradas ante la Administración Tributaria constituye una obligación formal, por lo tanto su incumplimiento genera la aplicación de sanciones tributarias, las cuales se encuentran tipificadas en el Libro IV del Código Tributario.
Este libro pretende brindar determinados criterios relacionados a la presentación de las declaraciones juradas.
Declaración Tributaria
La declaración tributaria es el medio a través del cual se comunica a la Administración Tributaria los hechos que inciden en la determinación de la obligación tributaria. Estas declaraciones tienen carácter informativo o determinativo.
Al respecto, Luis Sánchez Serrano1, señala que:
“La declaración tributaria es un acto de un particular legítimamente interesado en el procedimiento de comprobación o de liquidación correspondiente, realizado en el cumplimiento de un deber y consistente en una manifestación de conocimiento de datos de hecho o de derecho en base a los cuales pueda determinarse el an y el quantum de una obligación tributaria material, así como eventualmente en una manifestación de voluntad solicitando la aplicación de un beneficio fiscal u optando entre las distintas posibilidades ofrecidas por el ordenamiento jurídico -tributario, siendo dirigido dicho acto a la administración tributaria a efectos de que ésta proceda a comprobar, liquidar y recaudar el tributo mediante un procedimiento de gestión individualizado en base a dicha manifestación o en base también a otras del mismo o de otros interesados cuando se refieran todas ellas a datos relevantes para la determinación de una misma obligación tributaria material.
De conformidad al artículo 88° de Código Tributario, la "declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, la cual podrá constituir la base para la determinación de la obligación Tributaria."
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