La elaboración del presente folleto informativo, tiene como fin servir como guía para la realización de trámites que día a día realizan los contribuyentes ante la SUNAT.
Mediante Decreto Supremo Nº 176-2013-EF publicado el 18 de julio del 2013 se modificó el Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA) de la SUNAT, esta norma, modificó determinados procedimientos, los mismos que serán aplicables a partir del presente ejercicio y en adelante El TUPA que tenemos en la actualidad cuenta con todos los procedimientos necesarios a realizar por los contribuyentes; sin embargo, los usuarios, nos hemos percatado que la aplicación de los referidos trámites no siempre son los mismos en los diferentes Centros de Servicios al Contribuyente.
Un ejemplo de lo mencionado es el procedimiento 4 del TUPA, respeto a la SOLICITUD DE BAJA DEL RUC, por parte de una persona natural, para este trámite
existen criterios distintos respecto de los efectos retroactivos de la baja del RUC, así, en algunos establecimientos de servicios al contribuyente no permiten efectuar una baja retroactiva del RUC y otros si lo permiten.
Asimismo, incluiremos las modificatorias introducidas por la Resolución de Superintendencia 290-2014, el cual tiene como modificación principal los requisitos para la confirmación y modificación del domicilio fiscal. Asimismo implementa la autorización
de uso de documento de tercero para declarar Domicilio Fiscal o Establecimiento Anexo.
A continuación, detallamos los procedimientos que establece el Nuevo TUPA 2013
- SUNAT:
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